Este blog tiene el objetivo de facilitar información a padres que como yo, han tenido que descubrir un mundo completamente nuevo con infinidad de información, espero que os sea de utilidad.

Documentacion Post-Parto.


Registro Civil

Es obligatoria la Inscripción en el registro civil del bebe entre 24 horas y 8 días después del nacimiento, 30 días en caso de fuerza mayor. Os dejo más información:

Lugar para el trámite:

Aquí os dejo un enlace para que busquéis el más cercano.

Quien debe realizar el trámite:

En caso de estar casados, cualquiera de los dos y en caso de no estarlo deben ir los dos.

Documentación necesaria:

·DNI del padre y la madre (Original y Copia).
·Certificado de inscripción en el padrón (El padre y la madre deben de estar inscritos en la vivienda donde se empadronará al bebe).
·Libro de Familia, documentación de pareja de hecho y si no se da el caso anterior, ir los dos  progenitores presencialmente.
·Documentación del servicio público de salud.

Padrón

Aunque no es obligatorio, es muy recomendable, ya que la inscripción en el registro civil incluye la inscripción en el padrón, pero tardan sobre 2 meses en pasar la información de una administración a otra, así que si lo hacéis vosotros mismo tardareis 10min. y todo estará hecho.

Lugar para el trámite:

En la amplia red de oficinas del ayuntamiento donde residas, existen a su disposición para gestiones relacionadas con el Padrón de Habitantes:

  • En las oficinas municipales de atención a la ciudadanía.
  • Distritos de barrio.
  • En la oficina de Atención al ciudadano de Gestión Tributaria.
  
Consultas e información sobre los trámites relacionados con el Padrón Municipal de Habitantes en el Servicio de Información a la Ciudadanía en el teléfono  010. 

Quien debe realizar el trámite:

Cualquiera de los dos padres (en el caso que estén censados en la misma vivienda).

Documentación necesaria:

·DNI del padre y la madre (Original y Copia).
·Libro de familia o certificado de inscripción en el registro civil.
·Hoja patronal (A rellenar las oficinas del Padrón).
·Solicitud de alta en el patrón (A rellenar las oficinas del Padrón).

Asistencia Sanitaria

Debe hacerse rápido, ya que hay que ir obligatoriamente al pediatra para la prueba del talón.

Lugar para el trámite:

En la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social más cercana, hay muchas posibilidades, os dejo la pagina con un buscador:

Quien debe realizar el trámite:

·En caso de estar casados, cualquiera de los dos.
·En caso de no estarlo debe ir la madre.
·En caso del padre, necesita un justificante firmado por la madre.

Documentación necesaria:

·DNI del padre y la madre (Original y Copia).
·Certificado del Registro civil.
·Formulario.  Podéis descárgalo aquí junto con toda la información.

Prestación Solicitud por Lactancia

En el caso de que la madre este tenga una vida laboral activa tiene derecho a solicitar esta prestación, existen varias posibilidades todo el tiempo para la madre o compartir parte con el padre.

Lugar para el trámite:

En la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social más cercana, hay muchas posibilidades, os dejo la pagina con un buscador:

Es necesario tener cita previa para realizar el trámite, se consigue bien por teléfono en el 901106570 o en la web

Quien debe realizar el trámite:

·En caso de estar casados, cualquiera de los dos.
·En caso de no estarlo debe ir la madre.
·En caso del padre, necesita un justificante firmado por la madre.

Documentación necesaria:

·DNI del padre y la madre (Original y Copia).
·Certificado de empresa.
·Informe de maternidad sellado en el centro.
·Libro de familia o certificado de inscripción en el registro civil.

Asignación de Pediatra

Es necesario para que le asignen pediatra al bebé. Podrás elegir pediatra y horario, de mañana o tarde, y te darán su Tarjeta Sanitaria.
Debe hacerse lo más rápido posible, ya que es necesario realizar la prueba del talón.

Lugar para el trámite:

Tu centro de salud habitual.

Quien debe realizar el trámite:

El padre o la madre, depende de quién sea el responsable el responsable.

Documentación necesaria:

·Documentación del INSS.
·Certificado de empadronamiento bebé.
·DNI de los padres, original y fotocopia.
·Tarjeta Sanitaria del progenitor al que se haya inscrito el bebé (padre o madre).

Deducción por Maternidad.

En el caso de que la madre este tenga una vida laboral activa tiene derecho a solicitar esta prestación.

La ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) regula la deducción por maternidad por hijos menores de 3 años de hasta 1.200 € anuales por cada hijo nacido o adoptado en territorio español. Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma.

Se debe de presentar dentro de los 15 después de que todos los requisitos sean cumplidos.
Lugar para el trámite:

Se puede realizar bien de forma telematica, debes de estar en posesión del DNI electrónico o de la Firma Digital.

Enlace de la pagina web.

Por teléfono 901 200 345.

Presentación del impreso bien enviándolo por carta dirigido a Agencia Estatal de Administración Tributaria (apartado de Correos FD número 30.000, Delegación Provincial) o bien mediante entrega directa en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria.

Aqui se descarga el modelo 140 para imprimirlo.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_140.shtml


Quien debe realizar el trámite:

·Solo y exclusivamente la madre.

Documentación necesaria:

·Modelo 140
·comunicando NIF
·nº de cuenta bancaria
·nº de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad
·si trabaja, e importe de la casilla 620 de la declaración de Renta del año anterior (si declaró en dicho año)
·Datos del registro civil que figuran en el libro de familia.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Ciudadanos/Minimos__reducciones_y_deducciones_en_el_IRPF/Deduccion_por_maternidad/Tramitacion_y_resolucion_del_modelo_140.shtml

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